En el caso Senkata, otro tribunal afirmó que, pese a que se cuestione la forma en la que asumió la presidencia, además de toda la sociedad, la Asamblea Legislativa, el Tribunal Constitucional y el Órgano Electoral dieron completa validez a su mandato.
El Deber
El Tribunal Primero de Sentencia de Sacaba se declaró incompetente para “conocer y resolver hechos acusados por el Ministerio Público contra Jeanine Áñez Chávez y otros”, por lo que dejó sin efecto el sorteo y todos sus obrados. Determinó que la expresidenta debe ser sometida a un juicio de responsabilidades.
La resolución de rechazo se emitió en el marco del caso “Huayllani”, denominado así porque en el puente ubicado en el municipio de Sacaba, que lleva el mismo nombre en Cochabamba, donde perdieron la vida 10 personas durante los enfrentamientos entre manifestantes y las fuerzas del orden el 15 de noviembre de 2019, cuando Añez asumió la presidencia del país, según el informe del GIEI.
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“Por todo lo precedentemente referido y analizado este Tribunal de Sentencia de Sacaba con total independencia y conforme a la Constitución y el bloque de constitucionalidad, no detenta la condición de ‘juez natural competente’, por lo que debe declararse incompetente para llevar adelante el juicio oral contra la expresidenta Jeanine Áñez Chávez y los otros involucrados”, dice la resolución del Tribunal.
Además, se declaró que de forma unánime que “de llevar adelante en la vía ordinaria la tramitación del juicio y el emitir una sentencia de primera instancia, se estaría incurriendo en una flagrante vulneración del debido proceso, la legalidad y seguridad jurídica, incurriendo en nulidad absoluta y por ende en retardación de justicia para las víctimas, quienes merecen el acceso a la justicia con seguridad jurídica, conforme al ordenamiento jurídico que se ha hecho referencia, lo que no implica impunidad, pues lo que se persigue es que los acusados sean juzgados por la autoridad competente conforme a las normas en vigencia”.
Tras esta determinación, los jueces del Tribunal de Sacaba solicitan a la Fiscalía que se devuelvan los antecedentes del caso al Juzgado de Instrucción Cautelar de Sacaba, para que se revisen los antecedentes del proceso y se define a la autoridad competente. También dejan sin efecto el sorteo y todo lo obrado en ese Tribunal y señalan que no admitirán recurso de apelación.
El lunes 23 de octubre, el Ministerio Público presentó la acusación formal contra Áñez y otras 17 exautoridades de su gabinete de ministros y exjefes policiales y militares, luego de casi cuatro años de los hechos violentos en Sacaba (Cochabamba) y Senkata (El Alto), durante la crisis política de 2019. La Fiscalía pidió 30 años de cárcel para todos los acusados.
Sin embargo, el 30 de octubre, el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la ciudad de El Alto, por decisión unánime de sus tres jueces técnicos, se declaró “incompetente” para procesar y juzgar por la vía ordinaria a la expresidenta Añez, en el proceso que presentó el Ministerio Público por el caso Senkata.
En el fallo, el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la ciudad de El Alto señala que la acusación de la Fiscalía es en contra de una “ex máxima autoridad del Ejecutivo del Estado Plurinacional de Bolivia, cuyo conocimiento y resolución no tiene competencia”, tratarse en ese tribunal.
Es decir que, con estos dos rechazados, los dos tribunales reconocieron que Jeanine Áñez ocupó el cargo de presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia y que por lo tanto no debe ser juzgada por la vía ordinaria, sino a través de un juicio de responsabilidades.