Presentaron una consulta ante el Tribunal Constitucional, pero al mismo tiempo rechazaron el proyecto de ley aprobado por opositores y masistas en el Senado. La principal observación es la suspensión de plazos procesales.
Por Carlos Quisbert / La Paz
Los miembros del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) expresaron su negativa a suspender sus funciones desde el 3 de enero de 2024, mientras dure el proceso de nombramiento de los nuevos magistrados. En esa línea, por medio de una consulta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), paralizaron el tratamiento del proyecto de Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales que se debatía en la Cámara de Diputados.
“Existe duda razonable que el referido proyecto de Ley Nº 144/2023-2024, en cuanto hace especialmente a lo previsto en el artículo 2 y la Disposición Adicional Sexta del referido instrumento legal es contrario a lo previsto en los artículos 7, 9, 4, 12, 178 de la Constitución Política del Estado (CPE)”, señala parte de la carta enviada por el presidente del TSJ, Ricardo Torres, al presidente de la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Juan José Jauregui (MAS).
De acuerdo al texto de la nota, los magistrados del TSJ asumieron esta determinación, en sala plena, hace nueve días, en respuesta a una consulta realizada por Jauregui el 6 de septiembre. El secretario General del TSJ, Favio Chacolla, fue el encargado de presentar la “consulta de constitucionalidad” ante el TCP.
“En efecto, este proyecto de ley acorta el proceso de preselección y no valora el mérito de los candidatos, lo que va en contra de los argumentos presentados en la ratio decidendi de la sentencia constitucional 0060/2023”, dice parte de los fundamentos del TSJ.
Dos puntos observados
Las observaciones del TSJ señalan que el artículo 2 del proyecto de ley que se debía tratar en Diputados es inaplicable, debido a que ese documento prevé que la preselección, los comicios de y la posesión de los nuevos magistrados concluirá en febrero de 2024.
El artículo 2 del proyecto señala: “(Finalidad): Garantizar el desarrollo de las elecciones judiciales 2023-2024, dentro de lo establecido en la Constitución Política del Estado y la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0060/2023, del 31 de julio de 2023”
Para el TSJ esto no se podrá cumplir debido a que la CPE y la norma del Tribunal Supremo Electoral (TSE) prevén que las elecciones judiciales se realicen en noviembre de este año, para que los nuevos magistrados electos para el TSJ, TCP, Tribunal Agroambiental y el Consejo de la Magistratura asuman sus funciones desde el 3 de enero de 2024, hecho que ya es imposible de cumplir por todas las demoras en el tratamiento del proyecto de ley.
Por otro lado, el parágrafo III de la “disposición adicional sexta” del proyecto de ley señala que: “De manera excepcional, a partir del 2 de enero de 2024, quedan suspendidos todos los plazos procesales para todas las causas que se encuentren en trámite, en los despachos de las magistrados salientes del TCP, TSJ, Tribunal Agroambiental y despacho de los consejeros de la Magistratura, hasta la posesión de las nuevas autoridades, por ser esta una Ley transitoria y excepcional”.
Al igual que otros especialistas y legisladores que ya hicieron notar la inconstitucionalidad del texto, los magistrados del TSJ consideran que un órgano del Estado, en este caso el Legislativo, no puede suspender el funcionamiento otro poder, tal como se pretende con la propuesta del proyecto de ley. Esta postura fue expresada por el presidente del TSJ, Ricardo Torres, a través de una nota de respuesta al presidente de Diputados, Jerges Mercado.
El TSJ cuestiona que se genere un vacío de poder institucional en la administración de justicia, pues el proyecto de ley “en lugar de garantizar materialmente la designación de altas autoridades judiciales, establece un periodo de transición en el que el personal subalterno asume las competencias de las altas autoridades”.
Pugnas políticas
La consulta el TCP se formuló mientras en La Paz, legisladores de la línea del presidente del MAS, Evo Morales, tenían tomada la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), en demanda de la aprobación de este proyecto de ley. Dicha norma, prevé que el proceso de preselección de candidatos inicie en la ALP en octubre y los comicios para la población vote por los habilitados se dé en febrero.
El proyecto de Ley Nº 144/2023-2024, fue aprobado el 31 de agosto en el Senado por dos tercios, con apoyo de los opositores de Comunidad Ciudadana (CC) y Creemos, además de las dos facciones del MAS, evistas y los renovadores. Sin embargo, el escenario cambió en la Cámara de Diputados donde los legisladores señalaron la inconstitucionalidad de varios artículos de la norma.
Según el artículo 113 del Código de Procedimiento Constitucional, la consulta de al TCP sobre el proyecto de Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales debe paralizar en su tratamiento.